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Hoy en día las empresas importadoras demandan con mayor urgencia la administración de sus operaciones de comercio exterior y en muchos de los casos desconocen los requerimientos de carácter legal que deben cumplir; lo anterior debido a que las autoridades aduaneras y en específico las recaudadoras (SAT) están exigiendo un mayor control en el seguimiento y detalle de las transacciones comerciales de mercancías que son de procedencia extranjera.

Con el objeto de dar cabal cumplimiento a los requerimientos que se deben cumplir nuestra firma ofrece una variedad de soluciones, tanto para importadores recurrentes como para importadores con programas especiales tales como las empresas IMMEX, en materia a efectos de que a través de mecanismos prácticos, alcanzables y económicos las empresas puedan conllevar los controles administrativos requeridos en la materia.

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Hoy en día el comercio exterior de nuestro país ha alcanzado importante peso dentro de la actividad económica de México; es por ello que para el gobierno federal cada uno de los importadores y/o exportadores están cobrando mayor interés dentro del factor tributario.

Al paso del tiempo las autoridades reguladoras del comercio en el país han ido evolucionando y adaptando sus medios de control y regulación para llevar un seguimiento estricto de los agentes involucrados en la actividad comercial internacional y en específico a los importadores en general. A partir del inicio del siglo XXI, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha venido invirtiendo una mayor cantidad de elementos administrativos, intelectuales (recursos humanos) y tecnológicos para poder controlar el enorme flujo de operaciones que en materia aduanera el país genera y en específico ha estado buscando junto con otras dependencias gubernamentales el poder establecer una relación en línea que permita hacer “match” sobre controles, documentos e información general inherente al cruce aduanero tanto a la entrada como a la salida de mercancías del territorio nacional.
A partir de este año, el SAT comenzó una depuración a través del ajuste y revisión de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior (RCGMCE) que la propia SHCP emite, a fin de determinar directrices específicas que limiten las condiciones propias para que los importadores puedan operar. En este sentido se establecieron condiciones para la suspensión y/o cancelación definitiva del registro de los contribuyentes (importadores) tanto dentro del Padrón General de Importadores como del Padrón de Importadores de Sectores Específicos; directrices que en muchos de los casos no son del dominio público de los involucrados en el comercio exterior del país y en específico de las empresas importadoras. Es por ello que durante este año muchos importadores (alrededor de 27 mil) han sufrido los embates de quedarse varados en el despacho de sus mercancías a la importación y en la mayoría de los casos desconocen la razón o motivo que originó la suspensión de su registro; entre las principales causas generadoras de cancelación están: Falta de operaciones de cruce aduanero a la importación (12 meses o más), omisión de presentación de declaraciones anuales de impuestos, anomalías o retrasos en la presentación de avisos y/o pagos provisionales, créditos fiscales en firme no pagados, detección de actos ilícitos realizados por los contribuyentes, omisión de trámite de la Firma Electrónica (FIEL), entre otros.

De lo anterior el gobierno esta tratando de cumplir con el objetivo de tener un control sobre los contribuyentes activos en la actividad del comercio exterior y de paso está logrando recabar gran cantidad de impuestos que a la fecha se calculan en un monto de alrededor de 100 millones de pesos, por aquellos importadores que están regularizando su situación fiscal hoy en día.

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